Quién puede pedirlo:
- Pequeñas y medianas empresas (PYME) ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla.
- Empresarios individuales que cumplan los requisitos de PYME.
- Requisitos de los proyectos y empresas:
- Viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto.
- Domicilio social y fiscal en la Ciudad Autónoma de Melilla.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y seguridad social.
- Tener local abierto al público con todas las licencias necesarias.
- Activos fijos materiales nuevos o mejoras en la calidad del servicio.
- Inversión máxima subvencionable de 14.000 euros.
- Máximo de dos solicitudes de subvención por empresa durante la convocatoria.
Qué subvencionan:
Adecuación, mejora, ampliación o modernización de PYME en Melilla.
Plazo de presentación de solicitudes:
Primer plazo: 30 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla. 17 de agosto de 2023
Segundo plazo: 30 días naturales siguientes a la finalización del primer plazo. 16 de septiembre de 2023
Financiación:
Importe máximo de 300.000 euros para el año 2023.
Primer período: 180.000 euros.
Segundo período: 120.000 euros.
Subvención del 75% para empresas de 0 a 3 trabajadores, y 60% para empresas con más de tres trabajadores.
Cuantía máxima de subvención por proyecto de inversión: 8.000 euros.
Dónde y cómo presentar la solicitud:
En las oficinas de Proyecto Melilla, S.A.U., o a través del Registro Electrónico de la Ciudad Autónoma de Melilla.
La solicitud debe ir acompañada de la documentación requerida.
Documentación necesaria para la solicitud:
- Documento de constitución y estatutos sociales.
- Certificado en el censo de Actividades Económicas o Declaración Censal.
- Licencia de apertura del local o solicitud de haberla solicitado.
- Pequeña memoria del proyecto de inversión y presupuestos justificados.
- Declaración de subvenciones recibidas de otras entidades.
- Documentación que acredite estar al corriente de obligaciones tributarias y seguridad social.
- Informe de Vida Laboral de la Empresa.
- Declaración de no hallarse incurso en prohibiciones para recibir subvenciones.
- Declaración de conocimiento de las reglas de «mínimis» y ayudas recibidas en los últimos tres ejercicios fiscales.
Justificación y pago
- Justificación del cumplimiento de compromisos
- Se realizará mediante rendición de cuenta justificativa.
- Debe ser presentada en la forma y plazo establecidos en el artículo 16 de las bases reguladoras (no más de seis meses).
- Incluirá justificantes o documentos con validez jurídica que acrediten el cumplimiento.
- Pagos realizados de las facturas de justificación deben ser acreditados mediante cargo en cuenta bancaria (no en efectivo).
- Efectivo definido según artículo 34.2 de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
- Modalidades de abono de ayudas
Órgano gestor del régimen de ayudas:
- Dirección: Polígono Industrial SEPES, Calle «La Dalia», 36, Aptdo. 905.
- Teléfonos: 952 679804, 952 679854.
- Email: ayudas@promesa.net.
- Web: promesa.net.
Modalidades:
- Anticipo inicial del 20% sobre el importe concedido, sin necesidad de aval.
- Propósito: Iniciar las actuaciones del proyecto aprobado o impulsar la terminación del proyecto subvencionado.
- Solicitud: Debe realizarse dentro de un mes desde la notificación de la concesión.
- Alternativa: Si no se solicita en el plazo establecido, se procederá a la modalidad B)
- El resto del importe se abonará una vez justificado la totalidad del proyecto según las bases y resolución.
- B) Pago único del 100% de la subvención:
- Se realiza después de justificar la totalidad del proyecto de inversión según las bases y resolución.
- Acreditación previa al cobro de la subvención:
- Las empresas beneficiarias deben demostrar que están al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, independientemente de la modalidad de pago.
- Restricciones al pago de la subvención:
- No se realizará el pago si la empresa es deudora por resolución firme de procedencia de reintegro, a menos que realice o garantice las devoluciones de las cantidades debidas.